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Inicio » LA INSTITUCIÓN » ISPA » Documentación » Política de filiación
El ISPA, mediante política aprobada por el Consejo Rector en el marco del Reglamento de Régimen Interno, normaliza la filiación institucional en las publicaciones y otras acciones de difusión, y que deberá ser utilizada por todo el personal vinculado al Instituto.
Esta política está alineada con el Plan de Comunicación Estratégico del ISPA, en su objetivo de dar mayor visibilidad al Instituto, y se sustenta en el artículo 15 de la Ley 14/2011 de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que establece como deber del personal investigador “utilizar la denominación de las entidades para las que presta servicios en la realización de su actividad científica, de acuerdo con la normativa interna de dichas entidades y los acuerdos, pactos y convenios que éstas suscriban”, incluyendo las directrices definidas en el Manual de Imagen Corporativa del ISPA.
El Reglamento de Régimen Interno, en su apartado 15 -Confidencialidad y Difusión-, establece que en las publicaciones o en cualquier otra forma de difusión de los resultados a que den lugar los trabajos de investigación realizados en el marco del ISPA se deberá reconocer y hacer constar la participación de todo el personal investigador que haya intervenido en dichos trabajos, expresándose siempre su vinculación al ISPA, así como a la institución o instituciones a las que esté vinculado. El modo de expresar dicha vinculación, independientemente del idioma de la publicación, será el siguiente: