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Se recuerda la importancia de leer en detenimiento las Instrucciones internas que se encuentran en esta página, así como la Guía de Ayuda y Preguntas Frecuentes del Instituto de Salud Carlos III.

  • 1 de marzo, 12:00 h: Envío del primer borrador de la memoria (proyectos@finba.es). El/la Investigador/a Principal deberá enviar un primer borrador de la memoria para su revisión por la Comisión de Evaluación, que deberá contener como mínimo, los siguientes apartados:
    • Transición de liderazgo (página 5). Como novedad, en aquellas propuestas en las que el Investigador Principal sea mayor de 61 años (según criterio del Instituto de Salud Carlos III) deberá proponer un Co-IP para garantizar la transición de liderazgo. 
    • Resumen del proyecto de investigación e impacto esperado (página 11)
    • Hipótesis y objetivos (página 14)
    • Metodología (página 16)
    • Marco estratégico (página 21)
  • 8 de marzo, 12:00: Envío del primer borrador de la solicitud (proyectos@finba.es). El/la Investigador/a Principal deberá enviar un primer borrador de la solicitud (formato libre) que deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
    • Presupuesto
    • Equipo de investigación: nombre y apellidos, entidad contratante y fecha fin de contrato
  • 15 de marzo, 12:00: Solicitud final. La información deberá estar cargada en el aplicativo de solicitud (https://says.isciii.es/comun/inicio0.aspx). El/la Investigador/a Principal deberá enviar la siguiente documentación (proyectos@finba.es) para poder presentar la solicitud a través del perfil del centro:
    • Solicitud en pdf firmada por el/la Investigador/a Principal y todos los miembros del equipo de investigación
    • Autorización de participación en el proyecto firmado por Vicerrectorado/Gerencia/RL de la entidad contratante en los siguientes casos:
      • El/la Investigador/a Principal cuando no esté contratado/a por FINBA
      • Participantes del equipo de investigación cuando no figuren en el censo del ISPA.

Las solicitudes se inician a través del aplicativo de solicitud desde el perfil del Investigador Principal. En dicha plataforma, se encuentra disponible una Guía de ayuda para la presentación de solicitudes.

Al comenzar una solicitud, se genera un código de expediente (PI24/XXXXX). Este código de expediente estará permanentemente vinculado al proyecto tanto en la solicitud como, en su caso, en la concesión. Es el código que se consignará en aquellos documentos normalizados que lo requieran, como la memoria.

¿Cómo cubro la solicitud?

Una vez iniciada, accediendo a la misma aparecerán diferentes pestañas, que deben cubrirse para el correcto registro de la solicitud. 

 

Datos generales

En esta pestaña, se consignan los datos básicos del proyecto y del IP/COIP.

En caso de haber participado en alguna actuación de la AES anteriormente, al rellenar el campo “Documento” con el DNI/NIE/Pasaporte del IP/COIP se cargarán automáticamente los datos del investigador. Se deberá comprobar que todo está correcto y, si procede, realizar las modificaciones pertinentes. En la ficha, además, se deberá incluir una versión actualizada del CVA-ISCIII. LA NO APORTACION DE ESTE DOCUMENTO O SU APORTACION NO ACTUALIZADA O EN MODELO NO NORMALIZADO NO ES SUBSANABLE.

En caso de que sea la primera vez que se participa en una actuación de la AES, se deberá cubrir la ficha que aparece al clicar en el botón “Alta”.

Además, deben indicarse los datos del centro, que deben consignarse de la siguiente forma:

  • Centro solicitante: FINBA (código 3120)
  • Centro de realización: ISPA (código 3123)
  • Centro de adscripción del IP: será la entidad contratante del IP (HUCA, Hospital de Cabueñes, Universidad de Oviedo, CSIC o FIO).

Se deben consignar unos datos de contacto para gestionar la ayuda, en los que se harán constar los datos de la responsable del Área de Proyectos, Olaya Espina (Teléfono 985652519, Móvil 985652519, e-mail olaya.espina@finba.es). 

En el apartado “Otros Datos”, es importante indicar si el IP/COIP se encuentra en alguno de los supuestos que se indican en los diferentes desplegables. Se recomienda revisar el apartado Cuestiones de interés→Qué se valora de la presente guía para revisar los puntos que se pueden conseguir en función del perfil y/o méritos del IP/COIP.

 

Equipo

En esta pestaña se incluye a todas las demás personas que forman parte del equipo de investigación. El procedimiento a seguir con cada una es el mismo que el mencionado para acceder a los datos del IP/COIP o para registrar un nuevo investigador. Al igual que para el IP/COIP, en esta pestaña se adjuntará el CVA-ISCIII de cada investigador. Importante que esté en este modelo.

Además de los datos básicos de cada investigador, es necesario rellenar la descripción del tipo de colaboración. Se indicará el puesto que ocupa en su lugar de trabajo, el centro con el que tiene vinculación laboral y la fecha de fin de contrato (indicando, igual que en la pestaña anterior, 01/01/2025 en caso de vinculación indefinida). Todos los miembros del equipo investigador deberán tener vinculación laboral, al menos, hasta el 31/12/2024 con su institución contratante.

 

Documentos

En esta pestaña se cargan el resto de los documentos para solicitar la ayuda.

  • Este documento no es subsanable, por lo que es necesario que se consigne de manera adecuada dentro del plazo de solicitudes. Es importante que indiquéis el código de expediente en la primera hoja, y que sigáis los pasos para terminar la memoria que aparecen en la última hoja.
  • Compromiso de centro no público. En el caso en que participen centros clínico-asistenciales que no sean de titularidad pública directa, se deberá presentar un compromiso firmado por el representante legal que incluirá la obligación de no facturar ningún tipo de actividad a los pacientes participantes, de acuerdo con el modelo disponible sobre el propio aplicativo.
  • Otros documentos, por ejemplo:
    • Aquellos IP y/o COIPs que hayan obtenido una certificación como investigador/a establecido/a (certificado R3) deberán adjuntar la documentación que lo acredite.
    • Acreditacion de discapacidad igual o superior al 33% del IP/COIP, en su caso.
    • Contrato y/o documento de estabilización de IP/COIP que haya finalizado un programa Juan Rodes o Miguel Servet con fecha posterior a 2015 y se encuentren estabilizados.

 

Publicaciones

Tras incorporar el CVA del IP/COIP a la solicitud, se habilitará la pestaña “Publicaciones”. En dicha pestaña, se seleccionarán 10 publicaciones realizadas desde enero de 2019 que se consideren relevantes para su valoración en el marco del proyecto, ya sea por su relación con la temática del mismo, por su calidad científica o por el liderazgo del IP/COIP en el trabajo realizado. Se deberá incluir, para cada publicación, una breve descripción narrativa sobre la relevancia de la misma en su área de conocimiento, la aplicación de los resultados en innovación o aplicación clínica y la coherencia entre la selección de la publicación y la trayectoria en relación con la propuesta de la intensificación. Asimismo, se podrá indicar si el IP/COIP figura como primer/último autor o como autor de correspondencia.

Para la elaboración de la justificación, se recomienda la lectura del apartado Cuestiones de interés→Criterios Dora.

 

Presupuesto

En esta pestaña se cargará el presupuesto del proyecto, cumplimentando las partidas para cada anualidad.

Sólo es necesario cubrir el apartado de costes directos (PERSONAL, BIENES/SERV y VIAJES), los COSTES INDIRECTOS los calculará la aplicación.

En el caso de que se presupueste PERSONAL se deben respetar las tablas salariales del ISCIII.

Mencionar que, por lo general el ISCIII concede personal de categoría Máster, Grado o Técnico Superior, pero no Doctor.

Para la elaboración del presupuesto, se recomienda consultar el apartado Cuestiones de interés→Presupuesto.

Solicitud completa… ¿y ahora qué?

En cualquier momento se podrá generar un borrador de la Solicitud donde podrá ver si todos los datos consignados salen correctamente.

Paso 1

Cuando toda la información esté cargada, se deberá Generar Solicitud. Una vez generada la solicitud aparecerá la siguiente pantalla:

Donde se habilitará una nueva pestaña denominada “Consentimiento”

Paso 2

En dicha pestaña, se deberá seleccionar si el IP/COIP presta o no consentimiento al ISCIII para la consulta de sus datos a la Administración. Si se accede con usuario y contraseña, se descargará la plantilla generada, se firmará y se subirá de nuevo para terminar el proceso.

Si se accede con certificado digital, se deberá acceder al siguiente enlace , mediante el cual se tendrá acceso a todos los consentimientos que el investigador disponga de cualquier ayuda de la AES 2024, en la que formen parte como IP, COIP, Jefe de grupo o candidato:

Presionando sobre el icono del lápiz amarillo la aplicación le dirigirá a una nueva pantalla donde podrá seleccionar si presta o no el consentimiento y firmar y conocer aquellas bases de datos, donde está permitiendo la consulta.

Paso 3

Cuando se haya cumplimentado el “Consentimiento”, se deberá de nuevo Generar Solicitud y el aplicativo generará un pdf (sin la marca de agua) que debéis enviar al Área de Proyectos para su revisión.

Paso 4

Si todo está correcto, el Área de Proyectos os comunicará que ya podéis enviar el pdf de la solicitud firmado por el IP, CoIP y los miembros del equipo de investigación.

Paso 5

La solicitud se presentará desde el perfil del centro.

Documentos normalizados ISCIII

Los documentos normalizados de la convocatoria están disponibles en el siguiente enlace:

https://www.isciii.es/QueHacemos/Financiacion/solicitudes/Paginas/Documentos-normalizados.aspx

 

Autorizaciones

Será necesario entregar en el Área de Proyectos (15 de marzo, 12:00) la autorización de participación en el proyecto firmado por Vicerrectorado/Gerencia/RL de la entidad contratante en los siguientes casos:

  • El/la Investigador/a Principal cuando no esté contratado/a por FINBA
  • Participantes del equipo de investigación cuando no figuren en el censo del ISPA.

Se proponen los siguientes modelos a utilizar:

 

Sección “Instituto de realización”

En la memoria de solicitud hay un apartado denominado “Institución de realización del proyecto”. Se puede encontrar una propuesta de descripción de ISPA/FINBA como centro de realización/centro solicitante del proyecto, así como un modelo específico para aquellos casos en los que el Investigador Principal tenga actividad asistencial.

¿Qué se valorará?

Los criterios de evaluación de los proyectos de la presente convocatoria se encuentran disponibles en el siguiente enlace. Se valoran una serie de ítems puramente objetivos, que deben estar correctamente indicados en la solicitud:

  1. Tipo de contrato del Investigador/Investigadores principales. Si el IP/COIP ha completado un contrato Juan Rodés, Miguel Servet o Ramon y Cajal entre el 01/01/2019 y el 19/03/2024, se añadirán 3 puntos a la valoración total. En dicho caso, debe indicarse en el apartado “Datos generales” el numero de expediente de la ayuda. Asimismo, se pueden alcanzar esos tres puntos si el IP/COIP ha obtenido certificado R3 o I3 o equivalente. En dicho caso, se deberá indicar en el apartado “Datos Generales” y aportar el certificado en el apartado “Documentos”.
  2. Edad del investigador/investigadores principales. Si el IP/COIP es investigador menor de 45 años, se podrán obtener 2 puntos adicionales. En el caso de poder alcanzar esta puntuación, es importante que la fecha de nacimiento indicada en la ficha del investigador sea correcta.
  3. Investigador/Investigadores principales con discapacidad mayor o igual al 33%. En caso de cumplir este ítem, se otorgarán 2 puntos adicionales a la evaluación. En dicho caso, debe indicarse en la pestaña “Datos generales” y aportarse la acreditación de la discapacidad en la pestaña “Documentos”.
  4. IP/COIP emergente. Se considera investigador emergente a aquel IP/COIP nacido en el año 1979 o posterior y que, además, cumpla alguno de los siguientes criterios
    1. No haya obtenido financiación con anterioridad como IP en convocatorias AES, Plan Estatal o europeas.
    2. Tiene un contrato Miguel Servet o Juan Rodés en activo. En ese caso, se debe indicar en el apartado “Datos Generales” el tipo de contrato.
    3. Han finalizado un programa Juan Rodés o Miguel Servet con fecha posterior a 2015 y se encuentran estabilizados en el SNS o en un IIS. Para obtener esos tres puntos, es importante indicarlo en el aparatado “Datos Generales” aportar el contrato y/o documento de estabilización del investigador.

La puntuación adicional de los ítems 3 y 4 de este listado solo se aplicará en propuestas que alcancen una puntuación de al menos 20 puntos sumando la calidad científica, metodológica y viabilidad de la propuesta.

Además de estos elementos objetivos de valoración, se indican a continuación algunos consejos a indicar en la propuesta para alcanzar la máxima puntuación en algunos elementos que habitualmente suscitan consultas:

Participación ciudadana (3 puntos)

La participación ciudadana implica integrar a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro en las diferentes fases del proyecto, desde la generación de la idea, las necesidades, el diseño del estudio, su ejecución y en la difusión de los resultados. La participación ciudadana debe incluir las necesidades y prioridades de las personas, con el objetivo de que los estudios sean más aplicables y traslacionales. La participación ciudadana se plasmará dentro de la memoria de solicitud, indicando cuál será su participación durante el proyecto e incluso las posibles tareas asignadas que dispondrá en el cronograma. Se deberá especificar que existe esta participación en el apartado de la memoria: “SECCIÓN METODOLOGIA”.

Perspectiva de género (2 puntos)

La introducción del análisis de género se refiere a integrar transversalmente el análisis de sexo y/o género en todas las fases del ciclo de una investigación, con el objetivo de contribuir al avance del conocimiento de manera que no se perpetúen desigualdades y para limitar la influencia de sesgos de género inconscientes, lo que es crucial, para promover la equidad en salud. La perspectiva de género debe integrarse en todas las etapas del proyecto, desde la formulación de hipótesis y objetivos, la revisión bibliográfica, el marco teórico, la metodología, el impacto, etc. Se indican a continuación consideraciones que pueden integrarse en la propuesta para incorporar la perspectiva de género:

  • Antecedentes: Inclusión de referencias bibliográficas en relación a la existencia o inexistencia de conocimiento científico con perspectiva de género en el área temática de salud investigada. Alusión a la magnitud del problema.
  • Hipótesis y objetivos: A través de la hipótesis formulada/ objetivos, debe buscarse la asociación entre el área temática de salud investigada y determinante/s de salud (edad; sexo; factores biológicos; Condiciones socioeconómicas, culturales y ambientales generales; condiciones de vida y de trabajo; estilos de vida; Redes sociales y comunitarias). Debe existir un análisis riguroso de sexo y/o género que considere la cuestión de posibles diferencias y/o semejanzas que pueda haber entre hombres y mujeres (o en animales, tejidos y células).
  • Metodología: Se deberá garantizar que la información recogida permitirá llevar a cabo un análisis de género y/o sexo que incorpore otros factores clave por su posible interacción con el sexo y/o género (edad, origen étnico, etc.). Debe existir un análisis riguroso en relación a:
    • Tamaño muestral representativo y viabilidad reclutamiento para inclusión factores relacionados con sexo y/o género.
    • Criterios de inclusión y exclusión bien justificados respecto al sexo y/o género.
    • Enfoque analítico apropiado y riguroso para identificar factores basados en el sexo y/o género.
  • Difusión y transferencia del conocimiento: Estrategia sólida que facilitará la aplicación adecuada de los resultados de la investigación a las necesidades específicas por sexo y/o género (se informará de las diferencias y/o semejanzas que el proyecto revele en este sentido).
  • Consideraciones éticas: Se deberá hacer alusión a las cuestiones éticas pertinentes que, pudiendo tener implicaciones particulares por sexo y/o género (de forma similar o diferente), se identifican y abordan de forma adecuada.

Presupuesto

El presupuesto debe estructurarse entorno a tres partidas: Personal, Bienes y Servicios y Viajes.

Personal

El presupuesto para la contratación de personal con cargo a los Proyectos de I+D+I en salud dependerá de la titulación del personal contratado y debe adecuarse a las tablas salariales vigentes para la presente convocatoria:

Bienes y servicios

En esta partida, se incluyen las siguientes subpartidas:

  1. Material inventariable: equipamiento de laboratorio, equipos informáticos, programas de ordenador de carácter técnico directamente vinculados al proyecto.
  2. Material fungible, servicios y suministros: material de laboratorio, acceso a bancos de datos y bibliotecas técnicas, publicaciones y difusión de resultados, servicios de mensajería, servicios internos y externos.

 

Viajes

Se incluyen los gastos de transporte, alojamiento y manutacion para la asistencia a congresos, conferencias y trabajos de campo que realicen los miembros del equipo de investigación o el personal contratado con cargo al proyecto.

¿Quién puede ser colaborador?

Para que una persona pueda ser colaborador de un Proyecto de I+D+I en Salud, es necesario que tenga vinculación laboral o perciba remuneración por parte de alguna entidad perteneciente a las siguientes categorías:

  1. Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
  2. Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
  3. Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
  4. Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
  5. Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
  6. Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
  8. Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  9. Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
  10. Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  11. Otras unidades de la Administración sanitaria.

 

Además, se establece el siguiente régimen de incompatibilidades:


Publicaciones: Criterios DORA

Recientemente, el ISCIII ha incluido en su evaluación los criterios DORA para la evaluación de las publicaciones. De acuerdo con estos criterios, se tienen en cuenta aspectos cualitativos de las publicaciones, más allá del cuartil, incluyendo por ejemplo la relevancia en el campo de estudio, el impacto que ha tenido en salud y por qué se han incluido en la selección.

Para cubrir la justificación de las publicaciones en el apartado correspondiente del aplicativo siguiendo estos correos, aconsejamos acceder a los recursos que el ISCIII ha puesto a disposición de los solicitantes: