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Nuestra estructura

Comité Científico Externo

ComposiciónFuncionesFuncionamiento

Presidente

Carlos Martínez Alonso

  • Director del Departamento de Inmunología y Oncología del Centro Nacional de Biotecnología (CSIC)

Vocales

Ana Aranda Iriarte

  • Profesora de Investigación “Ad Honorem” del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Instituto de Investigaciones Biomédicas “Alberto Sols” (CSIC-UAM)

Irene Miguel-Aliaga

Irene Miguel-Aliaga

  • Profesora de Genética y Fisiología del Imperial College de Londres
  • Directora de la sección de Genes y Metabolismo del MRC London Institute of Medical Sciences

Pura Muñoz Cánoves

  • Catedrática de Biología Celular y Profesora ICREA en el Departamento de Ciencias Experimentales y de la Salud de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.
  • Investigador Senior del Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares de Madrid.

José López Barneo

  • Director del Grupo de investigación de Neurobiología Celular y Biofísica. Catedrático de Fisiología, Universidad de Sevilla
  • Director del Instituto de Biomedicina de Sevilla (IBiS).

Eugenio Santos de Dios

  • Catedrático de Microbiología, Departmento de Microbiología y Genética, Universidad de Salamanca.
  • Director del Centro de Investigación del Cáncer (Universidad de Salamanca-CSIC)

Ramón Gomis de Barbarà

  • Catedrático de Endocrinología, Universitat de Barcelona.
  • Director del Institut d’Investigacions Biomèdiques August Pi i Sunyer (IDIBAPS).

El artículo 6.1.1 del Reglamento de Régimen Interno del ISPA describe las funciones del Comité Científico Externo:

  1. El Comité Científico Externo actuará con plena independencia de criterio y autonomía de función en el ejercicio de sus funciones respecto al ISPA, levantando acta en todas sus reuniones, sean presenciales o telemáticas. Asesorará, siempre que el Consejo Rector lo considere oportuno, a los órganos de gobierno y a la Dirección Científica del ISPA, según corresponda, en aspectos como:
    • La adecuación de las líneas de investigación científicas y otras actuaciones desarrolladas en el ISPA, plasmadas en el Plan Estratégico, realizando al efecto las recomendaciones y sugerencias que considere oportunas.
    • La idoneidad de la propuesta del Plan Científico Anual que elabore la Dirección Científica del ISPA, para su aprobación por el Consejo Rector.
    • La idoneidad de las solicitudes de adscripción de investigadores a grupos de investigación pertenecientes al ISPA para el establecimiento de nuevas líneas de investigación de esta, formulando en este último caso las propuestas de actuación que considere más convenientes.
    • La incorporación de grupos de investigación a las estructuras de investigación que se creen al amparo del ISPA (así como la asignación de espacios y, si procede, de equipamientos de uso común).
    • El cese motivado del vínculo entre los grupos de investigación y el ISPA.
    • La realización de las evaluaciones periódicas de los grupos de investigación consolidados y emergentes, así como sobre las decisiones a adoptar una vez practicadas las mismas.
    • Cualesquiera otras que le sean solicitadas por los órganos de gobierno y la dirección científica del ISPA.
  2. El Comité Científico Externo deberá pronunciarse sobre:
    • La propuesta de Plan Científico anual del ISPA y el documento final aprobado.
    • El Plan Estratégico del ISPA (que incluye también los Planes de Integración y Formación).
    • La Memoria Científica anual.
    • La Memoria económica y auditoría externa.
    • La política de calidad y buenas prácticas en investigación.
    • La traslación de resultados a la práctica clínica.
    • La estrategia de comunicación interna y externa del ISPA
  3. El Comité Científico Externo debe elaborar un informe anual sobre las actividades del ISPA teniendo como referencia el Plan Estratégico. Incluye la evaluación de las áreas/programas científicos y de los grupos de investigación del ISPA.

El artículo 6.1.2 del Reglamento de Régimen Interno del ISPA describe el funcionamiento del Comité Científico Externo:

  1. El Comité Científico Externo se reunirá con carácter ordinario una vez al año, sin perjuicio de las reuniones extraordinarias, fundamentalmente telemáticas, que cada vez que se estime necesario se convoquen al efecto. Para las actuaciones relacionadas con la información de solicitudes de grupos de investigación y la evaluación de estos, el Comité podrá actuar en comisiones, si así lo estima adecuado.
  2. Las reuniones serán convocadas por su presidente, a iniciativa propia, a petición del presidente del Consejo Rector o de la Dirección Científica.
  3. La convocatoria se realizará por el secretario, por indicación del presidente, con una antelación mínima de diez días a la celebración de las reuniones ordinarias y de cinco días, al menos, para las extraordinarias, utilizando un medio que permita dejar constancia de su recepción. En las convocatorias, se hará constar el lugar, día y hora de celebración de la reunión, acompañándose, asimismo, el orden del día.
  4. El Comité Científico Externo quedará válidamente constituido cuando asistan al menos, la mitad más uno de sus miembros, presentes o representados.
    A las reuniones presenciales del Comité Científico Externo asistirá de forma ordinaria el Director Científico del ISPA, con voz y sin voto, así como personal de la Oficina Técnica de Gestión que la misma designe en su apoyo.
  5. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los votos emitidos. Los empates se dirimirán por el voto de calidad del presidente.
  6. Del contenido de las reuniones se levantará la correspondiente acta, que será custodiada por la Oficina Técnica de Gestión del ISPA. El secretario del Comité Científico Externo estará asistido para el cumplimiento de esta función por personal de la Oficina Técnica de Gestión.
  7. Los miembros del Comité Científico Externo tendrán el derecho a ser reembolsados de los gastos debidamente justificados que se ocasionen por el desempeño del cargo y a recibir las remuneraciones por razón de servicio en los términos que apruebe el Consejo Rector.