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Inicio » LA INSTITUCIÓN » FINBA » Qué hacemos
El objeto y los fines fundacionales establecidos en los estatutos de la FINBA incluyen impulsar, apoyar, gestionar y difundir la investigación, el desarrollo científico-tecnológico y la innovación biosanitaria como factores de desarrollo regional, dentro de los objetivos de política institucional propuestos por la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, tiene por objeto encargarse de la oficina técnica de gestión del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias.
En concreto, sus fines de interés general y sin ánimo de lucro son:
Con este propósito, la Fundación recaba el apoyo de entidades públicas y privadas, realiza labores de difusión y divulgación de la actividad investigadora y promueve y gestiona planes de mejora de los recursos humanos y materiales para los institutos de investigación sanitaria de Asturias u otros centros o grupos de investigación sanitaria, aumentando de este modo su capacidad para competir y la calidad de su producción científica.
La Fundación establece los acuerdos necesarios para el impulso y divulgación de la investigación e innovación en el ámbito de las Ciencias de la Salud, cooperando en la transferencia de conocimiento, contribuyendo al desarrollo de la Comunidad Autónoma, divulgando el conocimiento científico y acercando la ciencia y la investigación a toda la sociedad asturiana, incluyendo la actuación divulgativa entre las personas jóvenes a través de los centros educativos.
Donaciones y mecenazgo
La FINBA es una organización sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar, perteneciente al sector privado, inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés General del Principado de Asturias, con el número 33/FDC0165 y que está acogida a lo dispuesto en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Si quiere colaborar con las actividades que se realizan en FINBA puede contactar con nuestro departamento económico (virginia.zapico@finba.es) para informarse del número de cuenta en el que realizar el ingreso y obtener el certificado correspondiente.
La FINBA facilita el desarrollo de acuerdos de colaboración formalizados por un convenio que define, tanto el tipo de colaboración (cantidad, duración, orientación de la investigación) como las obligaciones de las partes firmantes del convenio. Para más información, contacte directamente con nuestra Oficina Técnica de Gestión.
Información sobre el régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002:
Convenios
La FINBA podrá celebrar convenios que faciliten el cumplimiento de objetivos estratégicos del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias (ISPA) y de la propia Fundación, a través de la realización conjunta de las siguientes actividades que constituyen el objeto de convenio.
Actividades | Objetivos del ISPA |
Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación. | Priorizar líneas estratégicas de investigación en salud y áreas de interés clínico
Fomentar la colaboración y cooperación con otros grupos y redes de investigación Fomentar la investigación biomédica de excelencia |
Creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras científicas. | Potenciar alianzas con otros grupos de investigación para llevar a cabo una investigación traslacional
Fomentar la colaboración y cooperación con otros grupos y redes de investigación |
Financiación de proyectos científico-técnicos singulares. | Favorecer la captación de fondos públicos y privados de financiación de la investigación. |
Formación de personal científico y técnico. | Fomentar la investigación biomédica de excelencia.
Aumentar la masa crítica de científicos básicos y clínicos de tipo multidisciplinar. Aproximar la investigación básica y clínica Promover la formación profesional de todo el personal adscrito al Instituto |
Divulgación científica y tecnológica. | Promover e impulsar la difusión y aprovechamiento de los resultados de investigación básica y clínica |
Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación. | Garantizar el uso eficiente de las infraestructuras y recursos destinados a la investigación |
Promover plataformas de encuentro, análisis y debate interdisciplinar e intersectorial sobre I+D+i biosanitaria. | Aumentar la masa crítica de científicos básicos y clínicos de tipo multidisciplinar.
Aproximar la investigación básica y clínica. |
Gestionar la transferencia de resultados de investigación. | Potenciar alianzas con otros grupos de investigación para llevar a cabo una investigación traslacional. |
Acciones de intermediación que faciliten la sinergia entre comunidades científica, tecnológica y empresarial. | Establecer un nuevo modelo organizativo y alianzas. |
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación | Art. 34 | Convenios |
Estatutos de la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Asturias (FINBA) | Art. 7 Art. 8 Art. 11 Art. 30 Art. 34 | Actividades Desarrollo de Actividades Publicidad de Actividades Dirección Financiación |
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) | Art. 47 a 53 | De los convenios |
Fase | Propósito | Responsables |
Iniciativa | Cualquier persona que forme parte del ISPA y/o FINBA, tanto a título personal como institucional (en este caso, será necesario especificar que se hace como tal). Será necesaria su correcta identificación. La iniciativa irá acompañada también de los datos referidos a la empresa o institución con la que se proponga la firma | Promotor
Persona o entidad |
Contenido de la propuesta | La petición de inicio de la tramitación irá acompañada de un borrador de convenio (modelos detallados en el anexo y disponibles en la web de FINBA) o de una descripción escrita del contenido que se promueve.
| Promotor
Persona o entidad |
Registro | La petición de realización del convenio o acuerdo, se presentará en la Oficina Técnica de Gestión del ISPA-FINBA, que abrirá un expediente y dará un número de convenio.
| Oficina Técnica de Gestión |
Condiciones para la tramitación | Como norma general, no se tramitará ningún convenio o acuerdo cuyo contenido exija un acuerdo previo del Consejo Rector del ISPA o Patronato de FINBA o de otros organismos, hasta que este no se produzca. Si no se cumpliese esta condición, se dará entrada a la propuesta, comunicando a la persona o entidad proponente la paralización de la tramitación hasta que se cumpla la condición señalada. | Promotor
Persona o entidad Oficina Técnica de Gestión |
Informes | La Dirección de Gestión del ISPA-FINBA solicitará los informes que en cada caso considere necesarios, remitiendo el borrador de convenio o el contenido de la propuesta a los responsables de los centros afectados por el objeto del convenio, y solicitando respuesta en el plazo de quince días naturales.
| Dirección de Gestión
Responsable de área, centro y unidad |
Texto definitivo | A partir de los informes, la Dirección de Gestión podrá:
1. Desechar la firma del convenio. En este caso, comunicará las causas al proponente. 2. Seguir con el procedimiento y proponer modificaciones al texto, hasta que sea aceptado por las partes.
| Dirección de Gestión |
2.1. En los casos en que se produzcan modificaciones importantes en el texto de los modelos utilizados, se solicitará al servicio jurídico de FINBA una valoración de las citadas modificaciones del texto 2.2. En los casos que sea condicionante un documento de convenio no formulado por el ISPA-FINBA (p.e.; consorcios nacionales e internacionales…), se solicitará al servicio jurídico de FINBA una valoración del documento integro. 3. Dar el texto por definitivo y solicitar la valoración de la dirección científica del ISPA para proceder con la gestión de firmas. | Dirección de Gestión
Servicio Jurídico | |
Firma del convenio | En ningún caso se fijará el momento de la firma antes de disponer del texto definitivo del convenio y la valoración de la dirección científica. Una vez que se disponga del texto definitivo y la valoración favorable de la dirección científica, en función de las características del convenio se procederá como sigue:
| Dirección de Gestión
Dirección Científica |
| Junta de Gobierno | |
| Junta de Gobierno FINBA
Consejo Rector ISPA Patronato | |
La dirección invitará a participar en el acto de firma a las personas que hayan promovido el convenio o que sean responsables de las unidades afectadas de forma específica, así como a otras personas que puedan estar interesadas en él. | Dirección de Gestión | |
Mecanismo de comunicación | Para agilizar la tramitación, se recomienda que las gestiones referidas a convenios y acuerdos se realicen a través del correo electrónico
| Todos los participantes |
Difusión y transparencia | Este proceso, su procedimiento y el listado de todos los convenios firmados y activos deberán ser difundidos a través de las páginas web del ISPA y FINBA | Responsable de Comunicación |
Se aplica a los convenios que se celebren con las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, o las Universidades públicas, y con “sujetos de derecho privado” incluyendo a las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de Administraciones Públicas o con los particulares.