Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Qué hacemos

El objeto y los fines fundacionales establecidos en los estatutos de la FINBA incluyen impulsar, apoyar, gestionar y difundir la investigación, el desarrollo científico-tecnológico y la innovación biosanitaria como factores de desarrollo regional, dentro de los objetivos de política institucional propuestos por la Administración del Principado de Asturias. Asimismo, tiene por objeto encargarse de la oficina técnica de gestión del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias.

En concreto, sus fines de interés general y sin ánimo de lucro son:

  • Promover la investigación biomédica, poniendo a disposición de las personas investigadoras los medios de la Fundación para el desarrollo de una investigación de alta calidad.
  • Impulsar el establecimiento y realización de proyectos en materia de investigación biosanitaria de alcance nacional o internacional.
  • Velar por la ética en la investigación e innovación biosanitaria, así como por el seguimiento de los principios deontológicos propios de la investigación en Ciencias de la Salud.
  • Velar por el cumplimiento de las normas en materia de investigación biosanitaria.
  • Promover el interés de la sociedad asturiana por la investigación, el desarrollo y la innovación.
  • Mejorar la divulgación del conocimiento científico y técnico, con especial énfasis en el generado en el Principado de Asturias, así como su difusión a las empresas e industrias asturianas, de forma que el apoyo a la innovación se convierta en una de las principales señas de identidad de nuestra Comunidad.

Con este propósito, la Fundación recaba el apoyo de entidades públicas y privadas, realiza labores de difusión y divulgación de la actividad investigadora y promueve y gestiona planes de mejora de los recursos humanos y materiales para los institutos de investigación sanitaria de Asturias u otros centros o grupos de investigación sanitaria, aumentando de este modo su capacidad para competir y la calidad de su producción científica.

La Fundación establece los acuerdos necesarios para el impulso y divulgación de la investigación e innovación en el ámbito de las Ciencias de la Salud, cooperando en la transferencia de conocimiento, contribuyendo al desarrollo de la Comunidad Autónoma, divulgando el conocimiento científico y acercando la ciencia y la investigación a toda la sociedad asturiana, incluyendo la actuación divulgativa entre las personas jóvenes a través de los centros educativos.

Donaciones y mecenazgo

La FINBA es una organización sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar, perteneciente al sector privado, inscrita en el Registro de Fundaciones de Interés General del Principado de Asturias, con el número 33/FDC0165 y que está acogida a lo dispuesto en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Donaciones

Si quiere colaborar con las actividades que se realizan en FINBA puede contactar con nuestro departamento económico (virginia.zapico@finba.es) para informarse del número de cuenta en el que realizar el ingreso y obtener el certificado correspondiente.

Convenios de colaboración con empresas y otras entidades

La FINBA facilita el desarrollo de acuerdos de colaboración formalizados por un convenio que define, tanto el tipo de colaboración (cantidad, duración, orientación de la investigación) como las obligaciones de las partes firmantes del convenio. Para más información, contacte directamente con nuestra Oficina Técnica de Gestión.

Información adicional de régimen fiscal

Información sobre el régimen fiscal de los donativos, donaciones y aportaciones realizadas a favor de las fundaciones a las que sea de aplicación el régimen fiscal previsto en el Título II de la Ley 49/2002:

Convenios

El objeto del convenio es el logro de un fin público sin perjuicio de que una entidad o particular como parte del convenio pueda tener también el interés de obtener de la firma del convenio una ventaja para sí mismo, patrimonial o no, pero sin que en ningún caso prevalezca este posible elemento patrimonial. Para ello se definen los siguientes principios generales para la firma de convenios:
  • El intercambio patrimonial, si existe, es secundario
  • No existe la contraprestación propia de un contrato
  • Se trata de administrar de otra forma, con los beneficios de la actividad consensuada
  • Mejora la eficiencia de la gestión pública
  • Facilita la utilización conjunta de medios y servicios públicos
  • Contribuye a la realización de actividades de utilidad pública
  • Cumple con la estabilidad presupuestaria
  • Existe capacidad de financiación durante la vigencia del convenio
  • Las aportaciones financieras comprometidas no superan los gastos de ejecución

La FINBA podrá celebrar convenios que faciliten el cumplimiento de objetivos estratégicos del Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias (ISPA) y de la propia Fundación, a través de la realización conjunta de las siguientes actividades que constituyen el objeto de convenio.

Actividades
Objetivos del ISPA
 

 

Proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.

Priorizar líneas estratégicas de investigación en salud y áreas de interés clínico

 

Fomentar la colaboración y cooperación con otros grupos y redes de investigación

Fomentar la investigación biomédica de excelencia

Creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras científicas.Potenciar alianzas con otros grupos de investigación para llevar a cabo una investigación traslacional

 

Fomentar la colaboración y cooperación con otros grupos y redes de investigación

Financiación de proyectos científico-técnicos singulares.Favorecer la captación de fondos públicos y privados de financiación de la investigación.
 

 

Formación de personal científico y técnico.

Fomentar la investigación biomédica de excelencia.

 

Aumentar la masa crítica de científicos básicos y clínicos de tipo multidisciplinar.

Aproximar la investigación básica y clínica

Promover la formación profesional de todo el personal adscrito al Instituto

Divulgación científica y tecnológica.Promover e impulsar la difusión y aprovechamiento de los resultados de investigación básica y clínica
Uso compartido de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.Garantizar el uso eficiente de las infraestructuras y recursos destinados a la investigación
Promover plataformas de encuentro, análisis y debate interdisciplinar e intersectorial sobre I+D+i biosanitaria.Aumentar la masa crítica de científicos básicos y clínicos de tipo multidisciplinar.

 

Aproximar la investigación básica y clínica.

Gestionar la transferencia de resultados de investigación.Potenciar alianzas con otros grupos de investigación para llevar a cabo una investigación traslacional.
Acciones de intermediación que faciliten la sinergia entre comunidades científica, tecnológica y empresarial.Establecer un nuevo modelo organizativo y alianzas.

 

En tanto en cuanto la Fundación para la Investigación y la Innovación Biosanitaria de Asturias (FINBA) es una entidad jurídica privada que gestiona al Instituto de Investigación Sanitaria del Principado de Asturias (ISPA), participado por la Administración Pública, la Universidad pública y la Agencia Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los convenios se regulan atendiendo al siguiente marco jurídico que se detalla en el anexo y se lista a continuación:
Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación Art. 34 Convenios
Estatutos de la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Asturias (FINBA) Art. 7 Art. 8 Art. 11  Art. 30  Art. 34  Actividades Desarrollo de Actividades Publicidad de Actividades Dirección Financiación
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP) Art. 47 a 53 De los convenios
Puede consultar los artículos pertinentes en el siguiente documento (Anexo I)

Fase

Propósito

Responsables

IniciativaCualquier persona que forme parte del ISPA y/o FINBA, tanto a título personal como institucional (en este caso, será necesario especificar que se hace como tal). Será necesaria su correcta identificación. La iniciativa irá acompañada también de los datos referidos a la empresa o institución con la que se proponga la firmaPromotor

 

Persona o entidad

Contenido de la propuestaLa petición de inicio de la tramitación irá acompañada de un borrador de convenio (modelos detallados en el anexo y disponibles en la web de FINBA) o de una descripción escrita del contenido que se promueve.

 

 

Promotor

 

Persona o entidad

RegistroLa petición de realización del convenio o acuerdo, se presentará en la Oficina Técnica de Gestión del ISPA-FINBA, que abrirá un expediente y dará un número de convenio.

 

 

Oficina Técnica de Gestión
Condiciones para la tramitaciónComo norma general, no se tramitará ningún convenio o acuerdo cuyo contenido exija un acuerdo previo del Consejo Rector del ISPA o Patronato de FINBA o de otros organismos, hasta que este no se produzca. Si no se cumpliese esta condición, se dará entrada a la propuesta, comunicando a la persona o entidad proponente la paralización de la tramitación hasta que se cumpla la condición señalada.Promotor

 

Persona o entidad

Oficina Técnica de Gestión

InformesLa Dirección de Gestión del ISPA-FINBA solicitará los informes que en cada caso considere necesarios, remitiendo el borrador de convenio o el contenido de la propuesta a los responsables de los centros afectados por el objeto del convenio, y solicitando respuesta en el plazo de quince días naturales.

 

 

Dirección de Gestión

 

Responsable de área, centro y unidad

Texto definitivoA partir de los informes, la Dirección de Gestión podrá:

 

1. Desechar la firma del convenio. En este caso, comunicará las causas al proponente.

2. Seguir con el procedimiento y proponer modificaciones al texto, hasta que sea aceptado por las partes.

 

Dirección de Gestión

2.1. En los casos en que se produzcan modificaciones importantes en el texto de los modelos utilizados, se solicitará al  servicio jurídico de FINBA una valoración de las citadas modificaciones del texto

2.2. En los casos que sea condicionante un documento de convenio no formulado por el ISPA-FINBA (p.e.; consorcios nacionales e internacionales…), se solicitará al servicio jurídico de FINBA una valoración del documento integro.

3. Dar el texto por definitivo y solicitar la valoración de la dirección científica del ISPA para proceder con la gestión de firmas.

Dirección de Gestión

 

Servicio Jurídico

Firma del convenioEn ningún caso se fijará el momento de la firma antes de disponer del texto definitivo del convenio y la valoración de la dirección científica. Una vez que se disponga del texto definitivo y la valoración favorable de la dirección científica, en función de las características del convenio se procederá como sigue:

 

  • Para convenios………………… se fijará el procedimiento para la firma, que podrá ser mediante intercambio de originales o por acto público o privado.
Dirección de Gestión

 

Dirección Científica

  • Para convenios………………….. el documento se someterá a la aprobación por parte de la Junta de Gobierno de FINBA, cuya decisión favorable será adoptada por mayoría simple de los miembros. Este acuerdo podrá obtenerse de cada miembro de la junta por vía telemática sin necesidad de reunión presencial.
Junta de Gobierno
  • Para convenios………………….. el documento se someterá a la aprobación por parte de la Junta de Gobierno de FINBA, cuya decisión favorable adoptada por mayoría simple, vía presencial o telemática, deberá ser ratificada por el Consejo Rector del ISPA y el Patronato de FINBA.
Junta de Gobierno FINBA

 

Consejo Rector ISPA

Patronato

La dirección invitará a participar en el acto de firma a las personas que hayan promovido el convenio o que sean responsables de las unidades afectadas de forma específica, así como a otras personas que puedan estar interesadas en él.Dirección de Gestión
Mecanismo de comunicaciónPara agilizar la tramitación, se recomienda que las gestiones referidas a convenios y acuerdos se realicen a través del correo electrónico

 

 

Todos los participantes
Difusión y transparenciaEste proceso, su procedimiento y el listado de todos los convenios firmados y activos deberán ser difundidos a través de las páginas web del ISPA y FINBAResponsable de Comunicación

Se aplica a los convenios que se celebren con las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, o las Universidades públicas, y con “sujetos de derecho privado” incluyendo a las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de Administraciones Públicas o con los particulares.