Se recuerda la importancia de leer con detenimiento las Instrucciones internas que se encuentran en esta página, así como la Guía de Ayuda y Preguntas Frecuentes del Instituto de Salud Carlos III.

Las solicitudes se inician a través del aplicativo de solicitud https://says.isciii.es/comun/inicio0.aspx desde el perfil del Investigador Principal. En dicha plataforma, se encuentra disponible una Guía de ayuda  para la presentación de solicitudes.

Al comenzar una solicitud, se genera un código de expediente (PI26/XXXXX, DTS26/XXXXX, ICI26/XXXXX). Este código de expediente estará permanentemente vinculado al proyecto tanto en la solicitud como, en su caso, en la concesión. Es el código que se consignará en aquellos documentos normalizados que lo requieran, como la memoria.

Dicho código se comunicará al Área de Proyectos tan pronto como se tenga, para la correcta identificación de las solicitudes.

¿Cómo cubro la solicitud?

Una vez iniciada, accediendo a la misma aparecerán diferentes pestañas, que deben cubrirse para el correcto registro de la solicitud.

Datos generales

En esta pestaña, se consignan los datos básicos del proyecto y del IP/COIP.

En caso de haber participado en alguna actuación de la AES anteriormente, al rellenar el campo “Documento” con el DNI/NIE/Pasaporte del IP/COIP se cargarán automáticamente los datos del investigador. Se deberá comprobar que todo está correcto y, si procede, realizar las modificaciones pertinentes. En la ficha, además, se deberá incluir una versión actualizada del CVA-ISCIII. LA NO APORTACIÓN DE ESTE DOCUMENTO O SU APORTACIÓN NO ACTUALIZADA O EN MODELO NO NORMALIZADO NO ES SUBSANABLE.

En caso de que sea la primera vez que se participa en una actuación de la AES, se deberá cubrir la ficha que aparece al clicar en el botón “Alta”.

Además, deben indicarse los datos del centro, que deben consignarse de la siguiente forma:

  • Centro solicitante: FINBA (código 3120)
  • Centro de realización: ISPA (código 3123)
  • Centro de adscripción del IP: será la entidad contratante del IP (HUCA, HOSPITAL DE CABUEÑES, UNIVERSIDAD DE OVIEDO, CSIC o FIO).

Se deben consignar unos datos de contacto para gestionar la ayuda, en los que se harán constar los datos de la responsable del Área de Proyectos, Olaya Espina (Teléfono 985652519, Móvil 985652519, e-mail proyectos@finba.es). 

En el apartado “Otros Datos”, es importante indicar si el IP/COIP se encuentra en alguno de los supuestos que se indican en los diferentes desplegables. Se recomienda revisar el apartado Cuestiones de interés → Qué se valora de la presente guía para revisar los puntos que se pueden conseguir en función del perfil y/o méritos del IP/COIP.

En este apartado, cabe mencionar especialmente la concurrencia de alguna de las situaciones por las cuales se puede producir la ampliación del periodo de valoración de méritos del Jefe de Grupo y/o candidato, que se recogen en el artículo 9.2 de la convocatoria y que se resumen a continuación:

  • Permisos de paternidad/maternidad/adopción. Se aplicará una ampliación en semanas resultante del producto de 4 por el número de semanas de baja/permiso disfrutadas.
  • Baja médica continuada por más de tres meses. Se aplicará una ampliación de un año.
  • Incapacidad temporal durante el embarazo. Se aplicará una ampliación en semanas de 4 por las semanas de inactividad.
  • Atención a personas en situación de dependencia. Se aplicará una ampliación en semanas de 4 por el número de semanas de actividad como persona cuidadora no profesional.

Estas situaciones deberán estar debidamente acreditadas con la documentación correspondiente.

Equipo

En esta pestaña se incluyen a todas las demás personas que forman parte del equipo de investigación. El procedimiento a seguir con cada una es el mismo que el mencionado para acceder a los datos del IP/COIP o para registrar un nuevo investigador. Al igual que para el IP/COIP, en esta pestaña se adjuntará el CVA-ISCIII de cada investigador. Es imprescindible que el CVA se aporte en este modelo.

Además de los datos básicos de cada investigador, es necesario rellenar la descripción del tipo de colaboración. Se indicará el puesto que ocupa en su lugar de trabajo, el centro con el que tiene vinculación laboral y la fecha de fin de contrato (indicando, igual que en la pestaña anterior, 01/01/2027 en caso de vinculación indefinida). Todos los miembros del equipo investigador deberán tener vinculación laboral, al menos, hasta el 31/12/2026 con su institución contratante.

Es importante que el centro de vinculación de cada colaborador indicado en el aplicativo coincida con el centro indicado en el CVA. De no ser así, será motivo de no admisión provisional de la solicitud y deberá ser subsanada.

Documentos

En esta pestaña se cargan el resto de los documentos para solicitar la ayuda.

  • Este documento no es subsanable, por lo que es necesario que se consigne de manera adecuada dentro del plazo de solicitudes, siguiendo el modelo normalizado pertinente. Es importante que se indique el código de expediente en la primera hoja, y que se sigan los pasos para terminar la memoria que aparecen en la última hoja.
  • Compromiso de centro no público. En el caso en que participen centros clínico-asistenciales que no sean de titularidad pública directa, se deberá presentar un compromiso firmado por el representante legal que incluirá la obligación de no facturar ningún tipo de actividad a los pacientes participantes, de acuerdo con el modelo disponible sobre el propio aplicativo.
  • Documento de Interés Empresarial, en el caso de proyectos DTS y opcional en el resto, donde la empresa que respalde el proyecto manifieste el interés en los resultados.
  • Otros documentos, por ejemplo:
    • Acreditación de discapacidad igual o superior al 33% del IP/COIP, en su caso.
    • Documentación acreditativa de las situaciones que motivan la ampliación del periodo de evaluación de méritos
Publicaciones

Tras incorporar el CVA del IP/COIP a la solicitud, se habilitará la pestaña “Publicaciones”. En dicha pestaña, se seleccionarán 10 publicaciones realizadas desde enero de 2029 que se consideren relevantes para su valoración en el marco del proyecto, ya sea por su relación con la temática del mismo, por su calidad científica o por el liderazgo del IP/COIP en el trabajo realizado. Se deberá incluir, para cada publicación, una breve descripción narrativa sobre la relevancia de la misma en su área de conocimiento, la aplicación de los resultados en innovación o aplicación clínica y la coherencia entre la selección de la publicación y la trayectoria en relación con la propuesta. Asimismo, se podrá indicar si el IP/COIP figura como primer/último autor o como autor de correspondencia.

Todas las publicaciones deberán recoger resultados originales (no se admitirán revisiones) y deberá incorporarse el DOI o PMID.

Para la elaboración de la justificación, se recomienda la lectura del apartado “Cuestiones de interés” → ”Criterios DORA”

Presupuesto

En esta pestaña se cargará el presupuesto del proyecto, cumplimentando las partidas para cada anualidad.

Sólo es necesario cubrir el apartado de costes directos (PERSONAL, BIENES/SERV y VIAJES), los COSTES INDIRECTOS lo calculará la aplicación.

En el caso de que se presupueste PERSONAL se deben respetar las tablas salariales del ISCIII.

Cabe mencionar que, por lo general el ISCIII concede personal de categoría Máster, Grado o Técnico Superior, pero no Doctor.

La partida de personal no es financiable para proyectos DTS.

Para la elaboración del presupuesto, se recomienda consultar el apartado “Cuestiones de interés” → ”Presupuesto”.

Consentimiento

Todas las personas investigadoras que actúan como IP/COIP deberán señalar al cumplimentar la solicitud si prestan o no el consentimiento para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, la información sobre circunstancias que sean pertinentes para la instrucción del procedimiento y para el seguimiento de cada una de las actuaciones. En caso de no prestarse el consentimiento se deberá presentar la documentación correspondiente. Los pasos para presentar o denegar el consentimiento se recogen en el apartado “Solicitud completa… ¿y ahora qué?

Solicitud completa… ¿y ahora qué?

En cualquier momento se podrá generar un borrador de la Solicitud donde comprobar si todos los datos consignados salen correctamente.

Paso 1

Cuando toda la información esté cargada, se deberá Generar Solicitud. Una vez generada la solicitud aparecerá la siguiente pantalla:

Donde se habilitará una nueva pestaña denominada “Consentimiento”

Paso 2

En dicha pestaña, se deberá seleccionar si el IP/COIP presta o no consentimiento al ISCIII para la consulta de sus datos a la Administración. Si se accede con usuario y contraseña, se descargará la plantilla generada, se firmará y se subirá de nuevo para terminar el proceso.

Si se accede con certificado digital, se deberá acceder al siguiente enlace, mediante el cual se tendrá acceso a todos los consentimientos que el investigador disponga de cualquier ayuda de la AES 2025, en la que formen parte como IP, COIP, Jefe de grupo o candidato:

Presionando sobre el icono del lápiz amarillo la aplicación le dirigirá a una nueva pantalla donde podrá seleccionar si presta o no el consentimiento y firmar y conocer aquellas bases de datos, donde está permitiendo la consulta.

Paso 3

Cuando se haya cumplimentado el “Consentimiento”, se deberá de nuevo Generar Solicitud y el aplicativo generará un PDF (sin la marca de agua) que debéis enviar al Área de Proyectos para su revisión.

Paso 4

Si todo está correcto, el Área de Proyectos os comunicará que ya podéis enviar el PDF de la solicitud firmado por el IP, CoIP y los miembros del equipo de investigación.

Paso 5

La solicitud se presentará desde el perfil del centro.

Informe de la Comisión de Investigación

La presentación de las solicitudes estará condicionada a la obtención de un Informe positivo de la Comisión de Investigación designada a tal efecto, que deberá determinar la viabilidad de los proyectos en todos sus términos.

Para ello, el IP deberá enviar el modelo de información básica de proyecto a través del tramitador de la propuesta, con fecha límite 1 de marzo, 23:59, común para todas las ayudas a proyecto (PI, DTS, ICI).

Borrador de solicitud

Los solicitantes deberán cubrir la información básica en el aplicativo de solicitudes y remitir un borrador para la revisión por parte del Área de Proyectos de ISPA-FINBA, con los siguientes apartados (ver apartado ¿Cómo cubro la solicitud?):

  • Pestaña Datos Generales
  • Pestaña Equipo (sin necesidad de cargar el CVA de los colaboradores)
  • Pestaña Presupuesto

Los plazos para remitir este borrador son*:

  • DTS, ICI: 1 de marzo, 23:59 h
  • PI: 4 de marzo, 23:59 h

OPCIONAL: Los solicitantes que lo requieran podrán contar con apoyo por parte del personal de gestión de ISPA-FINBA para la revisión del contenido de la memoria. Para ello, deberán remitir un borrador avanzado de la memoria en el formato normalizado de la convocatoria en estos mismos plazos.

Revisión aplicativo

Los solicitantes deberán haber completado toda la información en el aplicativo de solicitudes y generar la solicitud, para revisión final por parte del Área de Proyectos de ISPA-FINBA. La generación de la solicitud requiere la carga de un documento como memoria. No es necesario que sea la memoria definitiva, y el documento aportado podrá sustituirse por otro.

Los plazos para realizar la generación de la solicitud completa son:

  • DTS, ICI 5 de marzo, 23:59 h
  • PI: 12 de marzo, 23:59 h

Fin del proceso de solicitud

El IP deberá haber completado de forma íntegra la solicitud en el aplicativo, incluyendo la carga de la memoria definitiva, y remitir al Área de Proyectos el documento de solicitud firmado y las autorizaciones pertinentes para IP y/o equipo, en su caso, en el siguiente plazo:

  • DTS: 8 de marzo, 23:59 h
  • ICI: 9 de marzo, 23:59 h
  • PI: 15 de marzo, 23:59 h

No se admitirá ningún cambio en el aplicativo a partir de la fecha indicada. La presentación de las solicitudes por parte del representante de FINBA se realizará en la mañana siguiente al plazo indicado.

Documentos normalizados ISCIII

Los documentos normalizados de la convocatoria están disponibles en el siguiente enlace

https://www.isciii.es/recursos-de-solicitudes/documentos-normalizados

 

Autorizaciones

Una vez completa la solicitud, será necesario entregar en el Área de Proyectos la autorización de participación en el proyecto firmado por Vicerrectorado/Gerencia/RL de la entidad contratante en los siguientes casos:

  • El/la Investigador/a Principal cuando no esté contratado/a por FINBA
  • Participantes del equipo de investigación cuando no figuren en el censo del ISPA.

Se proponen los siguientes modelos a utilizar:

 

Sección Institución de Realización

En la memoria de solicitud hay un apartado denominado “Institución de realización del proyecto”. Se puede encontrar una propuesta de descripción de ISPA-FINBA como centro de realización y centro solicitante del proyecto

PI SALUD 2025 ¿Qué se valorará?

Los criterios de evaluación de los proyectos de la presente convocatoria se encuentran disponibles en el siguiente enlace. Se valoran una serie de ítems puramente objetivos, que deben estar correctamente indicados en la solicitud:

  1. Tipo de contrato del Investigador/Investigadores principales. Si el IP/COIP ha completado un contrato Juan Rodés, Miguel Servet o Ramon y Cajal entre el 01/01/2019 y el 17/03/2026, o tiene un contrato de estas características en activo, se añadirán 2 puntos a la valoración total. En dicho caso, debe indicarse en el apartado “Datos generales” el número de expediente de la ayuda.
  2. Edad del investigador/investigadores principales. Si el IP/COIP es investigador menor de 45 años (nacido en 1981 o posterior), se podrán obtener 2 puntos adicionales. En el caso de poder alcanzar esta puntuación, es importante que la fecha de nacimiento indicada en la ficha del investigador sea correcta. En el caso de ser investigador joven que vaya a liderar su primer proyecto como único IP (IP emergente), se podrá aumentar dos puntos más.
  3. Investigador/Investigadores principales con discapacidad mayor o igual al 33%. En caso de cumplir este ítem, se otorgarán 2 puntos adicionales a la evaluación. En dicho caso, debe indicarse en la pestaña “Datos generales” y aportarse la acreditación de la discapacidad en la pestaña “Documentos”.
  4. Transición de liderazgo: en el caso de que se esté realizando un proyecto con transición de liderazgo de un investigador senior (nacido en 1965 o anterior, que actúa como co-IP) a un investigador joven (nacido en 1981 o posterior, que actúa como IP) valorando la oportunidad estratégica de la transición y su viabilidad, se podrá aumentar la puntuación hasta 2 puntos adicionales.

La puntuación adicional de los ítems 1, 2 y 3 de este listado solo se aplicará en propuestas que alcancen una puntuación de al menos 23 puntos en el apartado de calidad de la propuesta.

Además de estos elementos objetivos de valoración, se indican a continuación algunos consejos a indicar en la propuesta para alcanzar la máxima puntuación en algunos elementos que habitualmente suscitan consultas:

Participación ciudadana. La participación ciudadana implica integrar a asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro en las diferentes fases del proyecto, desde la generación de la idea, las necesidades, el diseño del estudio, su ejecución y en la difusión de los resultados. La participación ciudadana debe incluir las necesidades y prioridades de las personas, con el objetivo de que los estudios sean más aplicables y traslacionales. La participación ciudadana se plasmará dentro de la memoria de solicitud, indicando cuál será su participación durante el proyecto e incluso las posibles tareas asignadas que dispondrá en el cronograma. Se deberá especificar que existe esta participación en el apartado de la memoria: “SECCIÓN METODOLOGIA”.

Perspectiva de género. La introducción del análisis de género se refiere a integrar transversalmente el análisis de sexo y/o género en todas las fases del ciclo de una investigación, con el objetivo de contribuir al avance del conocimiento de manera que no se perpetúen desigualdades y para limitar la influencia de sesgos de género inconscientes, lo que es crucial, para promover la equidad en salud. La perspectiva de género debe integrarse en todas las etapas del proyecto, desde la formulación de hipótesis y objetivos, la revisión bibliográfica, el marco teórico, la metodología, el impacto, etc. Se indican a continuación consideraciones que pueden integrarse en la propuesta para incorporar la perspectiva de género:

Antecedentes: Inclusión de referencias bibliográficas en relación a la existencia o inexistencia de conocimiento científico con perspectiva de género en el área temática de salud investigada. Alusión a la magnitud del problema.

Hipótesis y objetivos: A través de la hipótesis formulada/ objetivos, debe buscarse la asociación entre el área temática de salud investigada y determinante/s de salud (edad; sexo; factores biológicos; Condiciones socioeconómicas, culturales y ambientales generales; condiciones de vida y de trabajo; estilos de vida; Redes sociales y comunitarias). Debe existir un análisis riguroso de sexo y/o género que considere la cuestión de posibles diferencias y/o semejanzas que pueda haber entre hombres y mujeres (o en animales, tejidos y células).

Metodología: Se deberá garantizar que la información recogida permitirá llevar a cabo un análisis de género y/o sexo que incorpore otros factores clave por su posible interacción con el sexo y/o género (edad, origen étnico, etc.). Debe existir un análisis riguroso en relación a:

      • Tamaño muestral representativo y viabilidad reclutamiento para inclusión factores relacionados con sexo y/o género
      • Criterios de inclusión y exclusión bien justificados respecto al sexo y/o género.
      • Enfoque analítico apropiado y riguroso para identificar factores basados en el sexo y/o género.

Difusión y transferencia del conocimiento: Estrategia sólida que facilitará la aplicación adecuada de los resultados de la investigación a las necesidades específicas por sexo y/o género (se informará de las diferencias y/o semejanzas que el proyecto revele en este sentido).

Consideraciones éticas: Se deberá hacer alusión a las cuestiones éticas pertinentes que, pudiendo tener implicaciones particulares por sexo y/o género (de forma similar o diferente), se identifican y abordan de forma adecuada.

Presupuesto

El presupuesto debe estructurarse en torno a tres partidas: Personal, Bienes y Servicios y Viajes.

Personal

El presupuesto para la contratación de personal con cargo a los Proyectos de I+D+I en salud dependerá de la titulación del personal contratado y debe adecuarse a las tablas salariales vigentes para la presente convocatoria:

La partida de personal no es financiable en el caso de los proyectos DTS

Bienes y servicios

En esta partida, se incluyen las siguientes subpartidas:

  1. Material inventariable: equipamiento de laboratorio, equipos informáticos, programas de ordenador de carácter técnico directamente vinculados al proyecto.
  2. Material fungible, servicios y suministros: material de laboratorio, acceso a bancos de datos y bibliotecas técnicas, publicaciones y difusión de resultados, servicios de mensajería, servicios internos y externos.

En esta convocatoria, se ha limitado el gasto admisible por pago de publicaciones a 5.000 € por proyecto.

Viajes

Se incluyen los gastos de transporte, alojamiento y manutención para la asistencia a congresos, conferencias y trabajos de campo que realicen los miembros del equipo de investigación o el personal contratado con cargo al proyecto.

¿Quién puede ser colaborador?

Para que una persona pueda ser colaborador de un Proyecto de I+D+I en Salud, es necesario que tenga vinculación laboral o perciba remuneración por parte de alguna entidad perteneciente a las siguientes categorías:

  1. Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
  2. Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
  3. Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
  4. Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
  5. Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
  6. Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
  8. Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  9. Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
  10. Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
  11. Otras unidades de la Administración sanitaria.

Además, se establece el siguiente régimen de incompatibilidades entre diferentes convocatorias de la AES y también con proyectos de la AEI

En el propio aplicativo, al dar de alta un colaborador o en la carpeta del expediente, para cada colaborador se puede clicar el botón “Historial” que permitirá comprobar posibles incompatibilidades de los miembros del equipo.

Publicaciones: Criterios DORA

En los últimos años ISCIII ha incluido en su evaluación los criterios DORA para la evaluación de las publicaciones. De acuerdo con estos criterios, se tienen en cuenta aspectos cualitativos de las publicaciones, más allá del cuartil, incluyendo por ejemplo la relevancia en el campo de estudio, el impacto que ha tenido en salud y por qué se han incluido en la selección.

Para cubrir la justificación de las publicaciones en el apartado correspondiente del aplicativo siguiendo estos correos, aconsejamos acceder a los recursos que el ISCIII ha puesto a disposición de los solicitantes:

La descripción narrativa deberá integrar también los aspectos cuantitativos de evaluación de las publicaciones (numero de citas, factor de impacto o índice H de la revista, cuartil…)